Páginas

viernes, 25 de mayo de 2012

Proteccion y Asistencia a las Victimas de Trata


El combate de la trata de personas requiere necesariamente que se contemplen las múltiples aristas de este fenómeno. Prevención y procuración de justicia son elementos importantes, mas no suficientes, si no se considera con el mismo tesón el plano de la protección y la asistencia a las víctimas de trata, lo que sin duda contribuye a romper el ciclo de la trata de personas al ofrecer a las víctimas una oportunidad real de reiniciar su vida. Todo esto requiere de un verdadero compromiso interinstitucional en el que la cooperación entre las entidades públicas y la sociedad civil resulta fundamental. En términos generales, la asistencia y protección a las víctimas puede contemplar los siguientes puntos:
• Establecimiento de sistemas adecuados de identificación. Lo que a su vez requiere de capacitación pertinente sobre el fenómeno a los cuerpos de policía, ministerios públicos y agentes migratorios al ser, generalmente, el primer contacto que tiene la víctima al salir de un proceso de trata. Al mismo tiempo es importante sensibilizar a la sociedad civil sobre esta problemática pues puede jugar un papel clave al momento de la detección y la denuncia
• Estructuras capaces de brindar apoyo inmediato. En este sentido un albergue o alojamiento seguro y adecuado capaz de cubrir las necesidades físicas de las víctimas es fundamental. Es importante hacer conciencia que una persona que ha estado sometida a la trata, más allá de su estatus migratorio, es una víctima y no un delincuente por lo que bajo ninguna circunstancia debe ser recluida en centros de detención (ya sea de tipo policial o para migrantes) o refugios para indigentes, pues esto puede contribuir al agravamiento de su situación física y emocional.
• Asistencia médica, psicológica e incluso, de ser posible, acompañamiento durante un periodo de
“reflexión y estabilización” previo a iniciar cualquier proceso de tipo judicial.
• Regularización de su situación migratoria. Las víctimas de trata de personas no deben ser detenidas, acusadas ni procesadas por haber estado o residir de manera irregular en los países de tránsito y destino, ni por haber participado en actividades ilícitas en la medida en que esa participación sea consecuencia directa de su situación de persona abusada y maltratada o de su condición de víctima.
• Criterios especiales de protección para aquellas víctimas que decidan entrar en un proceso legal como testigo. Se requiere un trato judicial sensible al género y la edad de las víctimas para los casos de mujeres y personas menores de edad.
• Las niñas, los niños y adolescentes que sean víctima de trata de personas deben ser identificados como tales. Sus intereses han de tener una consideración primordial en todo momento. En este sentido lo ideal es proporcionar asistencia y atención adecuadas a su edad tomando en cuenta su vulnerabilidad, sus derechos humanos y sus necesidades específicas.
• En aquellos casos que se estime apropiado, se debería contemplar la posibilidad de residencia temporal o permanente, asilo o refugio, según las posibilidades legales y reglamentos vigentes. De lo contrario hacer las gestiones necesarias para un retorno seguro a su lugar de origen.
• Finalmente se debe pensar en una solución o alternativa de mediano plazo y esto se traduce en promover programas de reintegración social, sea en el país de destino, establecimiento en un tercer país o bien, retorno y reintegración en el lugar de origen. Para ello siempre debe considerarse el consentimiento pleno e informado de la persona que ha sido víctima de trata y haciendo una evaluación de riesgos reales y potenciales en cada caso individual. De hecho, los planes de reintegración sostenibles que incluyan alternativas de vida y minimicen el riesgo de estigmatización y re-victimización, son una vía efectiva para combatir la trata de personas.


En las mayoría de los casos las mujeres víctima de trata, quienes padecen fenómenos de traumatización severa, enfrentan un mayor riesgo de volver a ser victimizadas y traumatizadas por los miembros de los órganos judiciales en los países de destino, al enfrentar malos tratos o tratos insensibles durante los procesos judiciales, particularmente cuando se trata de mujeres y niñas que han sido explotadas en la industria sexual.
Por otro lado, muchas veces las víctimas son deportadas sin valorar los riesgos a los que se puede enfrentar en su lugar de origen. Por ejemplo, haber padecido violencia familiar, venta por parte de familiares o cónyuge y discriminación. Dada la prevalencia de patrones patriarcales, machistas o conservadores, las mujeres en particular pueden ser sometidas a una severa estigmatización en sus países de origen.


En síntesis, cuando se habla de asistencia y protección a las víctimas de trata, especialmente las mujeres, las niñas y los niños con necesidades y atención particulares, debe hacerse desde una perspectiva holística y de largo plazo, con un marco adecuado de políticas públicas en el que prevalezca la cooperación entre instituciones públicas y civiles, así como criterios de coordinación eficaces con gobiernos e instituciones de terceros países




No hay comentarios:

Publicar un comentario